Ética normativa

El tema opcional de ética se divide en tres partes, una de ellas siendo la ética normativa

La ética normativa no se pregunta cómo actuamos de hecho ni incluso si somos libres de actuar. En vez de eso, la ética normativa explora la pregunta: ¿cómo tendríamos que vivir o actuar? 

Veamos un ejemplo¿está permitido mentir? Algunos responderán que nunca, mientras que otros responderán que algunas veces sí está permitido. Lo relevante para la ética normativa no es la respuesta que damos a esta pregunta, sino cómo justificamos filosóficamente la respuesta que damos.

Es decir, la ética normativa trata de responder a estas preguntas no desde una perspectiva moralizante clasificando los actos en buenos o malos, sino desde una perspectiva de la justificación filosófica: ¿cómo justificamos que un acto es bueno o es malo?

En cualquier situación que queramos considerar desde el punto de vista moral, podemos distinguir tres elementos diferentes: el agente (quién actúa); el acto (qué hace); las consecuencias (qué resulta del acto realizado).

En la ética normativa contemporánea conviven tres teorías que tratan de dar respuesta a la pregunta sobre ¿cómo justificamos que un acto es bueno o es malo? Cada una de esas teorías toma como prioritario uno de estos tres elementos:

Ética de la virtud

Deontología

Consecuencialismo

El agente, especialmente su carácter moral

El acto realizado en relación con una ley moral Las consecuencias del acto realizado

 

Vamos a suponer que queremos justificar que nunca está permitido mentir y veamos cómo lo justificaríamos desde cada una de estas tres teorías:

  • Ética de la virtud: no está permitido mentir porque la persona que miente es mentirosa. Yo tengo que actuar según lo que haría la persona virtuosa, y es seguro que no mentiría porque la persona virtuosa no es mentirosa.
  • Deontología: no está permitido mentir porque mentir es un acto malo, prohibido por la ley moral.
  • Consecuencialismo: no está permitido mentir porque las consecuencias de las mentiras siempre son negativas (aunque no nos lo parezca*).

Como se ve, las tres teorías no necesariamente difieren en el consejo concreto que nos dan a la hora de actuar: las tres pueden defender que no está permitido mentir o que sí lo está en ciertas circunstancias.

En vez de eso, las tres teorías de ética normativa difieren en cómo justifican las valoraciones morales: la ética de la virtud tomará como prioritario el agente moral y su carácter moral; la deontología tomará como prioritario el acto en relación con la ley moral; el consecuencialismo tomará como prioritarias las consecuencias del acto, es decir lo que resulte del acto.

A partir de eso, podemos hacernos muchas preguntas, entre otras:

  • ¿Qué es prioritario desde el punto de vista moral: el agente, el acto o las consecuencias?
  • ¿Qué relación existe entre estos tres elementos?
  • ¿En qué medida están conectados o desconectados los tres elementos?
  • ¿Son tan fáciles de diferenciar como se ha presentado aquí?

 

A continuación, se ofrecen las siguientes secciones:

  • una actividad inicial para que los estudiantes busquen estímulos relacionados con la ética normativa
  • algunos estímulos de los que se pueden extraer preguntas filosóficas sobre cuestiones de ética normativa
  • tres secciones explorando las tres teorías éticas:
    • deontología
    • consecuencialismo
    • ética de la virtud
  • algunos de los dilemas morales que más se discuten en la ética normativa contemporánea
  • una sección con algunas sugerencias para desarrollar posibles discusiones filosóficas

 

* Por lo general, se presupone que el consecuencialismo defiende que las mentiras son aceptables dependiendo de las consecuencias que tengan (se supone que a veces tienen consecuencias positivas). Por ello resulta especialmente interesante un libro de Sam Harris titulado Mentir (2012) donde se explora esta cuestión y llega a la conclusión de que las mentiras siempre tienen consecuencias negativas (aunque es cierto que el autor abre la puerta a considerar aceptable el uso de mentiras en una circunstancia muy especial).

 

Bibliografía:

Sobre las tres teorías de la ética normativa:

  • BARON, M.W. & PETTIT, Ph. & SLOTE, M., (1997) Three Methods of Ethics: A Debate. Oxford: Blackwell Publishers Inc.  

Sobre una explicación consecuencialista según la cual no está permitido mentir porque las consecuencias de las mentiras siempre son negativas aunque no nos lo parezca:

  •  HARRYS, S. (2012) Mentir. Tr. Ricardo García Pérez.

 

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Actividad inicial
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